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Article 1

Decreto 70 de 1971 · Por el cual se reconocen cuatro (4) horas de clase semanales como "Profesor Externo" a los Rectores, Prefectos, Jefes de Taller, Directores de Anexas a Escuelas Normales, Directores de Núcleos e Internados Escolares, Directores de Escuelas Piloto y Profesores de Enseñanza Media y Normalista dependientes del Ministerio de Educación Naciona

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Artículo primero. A partir del primero (1º) de enero de 1971, y únicamente por el presente año lectivo, reconócense a los Rectores, Prefectos, Jefes de Taller, Directores d Anexas a Escuelas Normales, Directores de Núcleos e Internados Escolares, Directores de Escuelas Piloto y Profesores de Enseñanza Media y Normalista, dependiente del Ministerio de Educación Nacional cuatro (4) horas de clase semanales como "Profesor Externo" dentro de la misma jornada de trabajo semanal, fijada por los Decretos número 541 de abril 15 de 1970 y 1764 de septiembre 21 de 1976.

Parágrafo

El valor de las cuatro (4) horas semanales de Clase, será reconocido de acuerdo con la categoría del Escalafón de Enseñanza Secundaria y en armonía con el Decreto número 888 de junio 8 de 1970.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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