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Article 1

Ley 261 de 1938 · Por la cual se autoriza al Gobierno para adquirir un equipo completo de dragas

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El Gobierno adquirirá un equipo completo y suficiente de dragas, que empleará preferencialmente en los siguientes trabajos:

A.-Regularización del río Magdalena, sus afluentes y subafluentes, canalización de sus caños y perfeccionamiento de sus canales, especialmente del Canal del Dique y del Ciénaga;

B.-Defensa y arreglo de los puertos del Magdalena y de sus afluentes, subafluentes, caños y canales;

C.-Regularización del río Sinú, canalizando sus bocas y arreglando las partes de dicho río que lo necesiten, y construyendo la defensa de sus puertos;

D.-Regularización del río Atrato y defensa de sus puertos;

F.-Arreglo de los puertos de los litorales del Pacífico y del Atlántico, adelantando aquellas obras convenientes para su uso como puertos, para el saneamiento y embellecimiento de las respectivas ciudades.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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