Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral (Uriel). Para el adecuado cumplimiento del objeto de la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, los representantes de las entidades que tienen asiento en ellas, así como sus invitados, con competencia para adelantar las investigaciones penales, disciplinarias, fiscales y otras acciones públicas, por infracciones en contra del proceso electoral, dispondrán lo pertinente para asignar los funcionarios que consideren necesarios para atender en forma prioritaria, cualquier queja o denuncia que se presente sobre presuntas irregularidades en contra del proceso electoral. De conformidad con los principios de coordinación y colaboración, el Ministerio del Interior podrá establecer la estructura y demás aspectos operativos de esta instancia.
Decreto 2821 de 2013 →In force
Article 10
Unidad De Recepción Inmediata Para La Transparencia Electoral (Uriel)
Decreto 2821 de 2013 · por el cual se crea y reglamenta la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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