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Article 11

Son Funciones De La División De Hidrocarburos: A) Ejercer La Vigilancia Técnica Y Administrativa De La Industria De Hidrocarburos En Sus Ramas De Exploración, Explotación, Refinación, Transporte Y Distribución, Y Vigilar El Estricto Cumplimiento De Los Reglamentos Y Normas Que La Regulen; B) Evaluar Y Supervisar Técnicamente Los Planes Y Programas De Exploración, Explotación, Refinación Y Transporte De Hidrocarburos Que Adelanté La Empresa Colombiana De Petróleos; C) Asesorar Á, Las Dependencias Respectivamente En Los Asuntos Técnicos Relacionados Con La Planeación Y Desarrollo De La Industria De Los Hidrocarburos; D) Estudiar Y Preparar Los Reglamentos Y Normas Que Regulen Las Diferentes Actividades De La Industria De Los Hidrocarburos; E) Elaborar Y Comunicar Las Liquidaciones De Cánones Superficiarios, Participaciones, Beneficios E Impuestos De Transporte Por Oleoductos Y Gasoductos; F) Calificar Las Licencias Semestrales E Individuales Para La Importación De Bienes De Capital Y Otros Elementos Destinados A La Industria De Hidrocarburos; G) Estudiar Y Conceptuar Sobre Solicitudes De Exención De Derechos De Importación De Equipos, De Perforación, De Oleoductos, Gasoductos Y Refinerías, V Supervisar Las Especificaciones Y Destinación De Los Materiales Así Importados; H) Estudiar Y Conceptuar Desde, El Punto De Vista Técnico Sobre Los Contratos De Exploración Y Explotación De Hidrocarburos De Propiedad Nacional; I) Asesorar A Las Dependencias Respectivas En Los Estudios Sobre Construcción De Refinerías, Fijación De Precios Del Petróleo Y Gas Natural Para La Exportación Y Procesamiento En El País Y En La Determinación De Los Precios De Los Productos Derivados Del Petróleo Y Del Gas Natural

Decreto 2301 de 1975 · por el cual se modifica la estructura administrativa del Ministerio de Minas y Energía.

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Son funciones de la División de Hidrocarburos

a)

Ejercer la vigilancia técnica y administrativa de la industria de hidrocarburos en sus ramas de exploración, explotación, refinación, transporte y distribución, y vigilar el estricto cumplimiento de los reglamentos y normas que la regulen;

b)

Evaluar y supervisar técnicamente los planes y programas de exploración, explotación, refinación y transporte de hidrocarburos que adelanté la Empresa Colombiana de Petróleos;

c)

Asesorar á, las dependencias respectivamente en los asuntos técnicos relacionados con la planeación y desarrollo de la industria de los hidrocarburos;

d)

Estudiar y preparar los reglamentos y normas que regulen las diferentes actividades de la industria de los hidrocarburos;

e)

Elaborar y comunicar las liquidaciones de cánones superficiarios, participaciones, beneficios e impuestos de transporte por oleoductos y gasoductos;

f)

Calificar las licencias semestrales e individuales para la importación de bienes de capital y otros elementos destinados a la industria de hidrocarburos;

g)

Estudiar y conceptuar sobre solicitudes de exención de derechos de importación de equipos, de perforación, de oleoductos, gasoductos y refinerías, v supervisar las especificaciones y destinación de los materiales así importados;

h)

Estudiar y conceptuar desde, el punto de vista técnico sobre los contratos de exploración y explotación de hidrocarburos de propiedad nacional;

i)

Asesorar a las dependencias respectivas en los estudios sobre construcción de refinerías, fijación de precios del petróleo y gas natural para la exportación y procesamiento en el país y en la determinación de los precios de los productos derivados del petróleo y del gas natural.

02

Constitutional history

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