°. Se adicionan los siguientes artículos al Título I del LIBRO 6 de la PARTE 2 del Decreto 2555 de 2010, los cuales tendrán el siguiente texto: "Artículo 2.6.1.1.6 Cálculo total de activos . Para efectos de este Título los activos de los fondos de pensiones y de cesantías se computarán por el 100% de su valor, con excepción de los títulos emitidos o avalados por la Nación o los emitidos por el Banco de la República, que se computarán por el 0% de su valor. Del total anterior se deducirá el valor de las unidades de los fondos y/o patrimonios autónomos de propiedad de la sociedad administradora correspondiente a la reserva de estabilización de rendimientos". Artículo 2.6.1.1.7 Relación de Solvencia . El valor total de los activos de todos los fondos y/o patrimonios autónomos que manejen las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías y las sociedades administradoras de fondos de pensiones, no podrán exceder de cuarenta y ocho (48) veces el patrimonio técnico de la respectiva entidad".
Decreto 2775 de 2010 →In force
Article 3
Se Adicionan Los Siguientes Artículos Al Título I Del Libro 6 De La Parte 2 Del Decreto 2555 De 2010, Los Cuales Tendrán El Siguiente Texto: "artículo 2
Decreto 2775 de 2010 · por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.