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Article 2

Reconocimiento Y Pago De Los Bonos Pensionales Y Cuotas Partes De Bonos Pensionales

Decreto 1970 de 2016 · por medio del cual se establecen los mecanismos para el reconocimiento del pasivo pensional de los funcionarios y ex funcionarios de la Fundación San Juan de Dios en Liquidación, retirados a treinta y uno (31) de diciembre de 1993 y por los tiempos no incluidos dentro del cálculo actuarial inicialmente elaborado del personal activo desde su vinculación laboral hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 1993.

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01

Text of the article

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°. Reconocimiento y pago de los bonos pensionales y cuotas partes de bonos pensionales. La Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá reconocer y pagar los bonos pensionales y cuota parte de los bonos pensionales correspondientes a los tiempos laborados o servidos en la Fundación San Juan de Dios en Liquidación hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 1993, para lo cual deberá realizarse el trámite presupuestal que corresponda.

Parágrafo 1

Para los efectos mencionados, la Fundación San Juan de Dios en liquidación, deberá entregar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Oficina de Bonos Pensionales toda la información adicional que sea necesaria.

Parágrafo 2

La Fundación San Juan de Dios en Liquidación elaborará y llevará a término las acciones que conduzcan a la aprobación por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público de los cálculos actuariales por los derechos pensionales que no se encuentren incluidos en el cálculo aprobado. La Oficina de Bonos Pensionales pagará los bonos y cuotas partes de bonos de los funcionarios activos y retirados a treinta y uno (31) de diciembre de 1993, siempre que se encuentren en el cálculo actuarial debidamente aprobado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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