º. En los casos en que deban realizarse diligencias de inspección judicial en procesos por violaciones del Decreto 1188 de 1974 y demás disposiciones que lo adicionan y lo reforman, estas se adelantarán por juez comisionado en el lugar en que dichos elementos se encuentren o hayan sido destinados por la respectiva resolución del Gobernador, Intendente o Comisario o por el Consejo Nacional de Estupefacientes.
Article 9
En Los Casos En Que Deban Realizarse Diligencias De Inspección Judicial En Procesos Por Violaciones Del Decreto 1188 De 1974 Y Demás Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, Estas Se Adelantarán Por Juez Comisionado En El Lugar En Que Dichos Elementos Se Encuentren O Hayan Sido Destinados Por La Respectiva Resolución Del Gobernador, Intendente O Comisario O Por El Consejo Nacional De Estupefacientes
Decreto 402 de 1979 · Por el cual se adiciona, aclara y modifica el Decreto 2144 de 1978 y se dictan otras disposiciones
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