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Article 86

División Financiera Y Administrativa

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

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ARTICULO 86. División Financiera y Administrativa . Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector General y del Administrador Regional, son funciones de la División Administrativa, las siguientes

a)

Ejecutar los planes y programas de compra y prestación de servicios que garanticen el normal funcionamiento de la administración y preparar el anteproyecto de necesidades presupuestales;

b)

Atender y prestar los servicios de infraestructura y logística para el adecuado desarrollo de las distintas Divisiones;

c)

Atender las labores relativas a la correspondencia interna y externa de la Administración, el archivo, y la expedición de copias y certificaciones de documentos que reposen en el mismo;

d)

Atender y coordinar las labores relativas a la adquisición, almacenamiento y suministro de bienes y servicios, y los programas de mantenimiento que se requieran;

e)

Atender el manejo presupuestal, efectuar los pagos legalmente autorizados y elaborar los registros contables;

f)

Elaborar y rendir las cuentas fiscales a que hubiere lugar;

g)

Coordinar, efectuar y controlar las labores de procesamiento de información de la administración y el mantenimiento del equipo computacional; y,

h)

Elaborar en coordinación con la División de Programación de la regional el anteproyecto de presupuesto de las administraciones de su jurisdicción de acuerdo a los lineamientos de la Oficina de Planeación y la Subsecretaría Financiera y Administrativa; y

i)

Las demás que le asigne el Administrador Regional.

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Constitutional history

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