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Article 5

Para Creditar El Ejercicio Anterior, Y La Honorabilidad, Se Requieren Las Declaraciones Juradas Rendidas Ante Un Juez Civil Del Circuito, Con Intervención Del Respectivo Agente Del Ministerio Público, Así: 1° Por Dos (2) Odontólogos Graduados E Inscritos En El Consejo Nacional De Práctica Profesional Y Dos (2) Testigos De Buen Crédito, Si Se Trataré De Permisos Para El Ejercicio De La Odontología; Y 2° Por Dos (2) Farmacéuticos Graduados E Inscritos Y Dos (2) Testigos De Buen Crédito, Si Se Tratare De Permisos Para El Ejercicio De La Farmacia

Decreto 124 de 1954 · Por el cual se señalan las funciones del Consejo Nacional de Práctica Profesional, se modifica el Decreto número 279 de 1953 y se dictan otras disposiciones

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° Para creditar el ejercicio anterior, y la honorabilidad, se requieren las declaraciones juradas rendidas ante un Juez Civil del Circuito, con intervención del respectivo Agente del Ministerio Público, así: 1° Por dos (2) odontólogos graduados e inscritos en el Consejo Nacional de Práctica Profesional y dos (2) testigos de buen crédito, si se trataré de permisos para el ejercicio de la odontología; y 2° Por dos (2) farmacéuticos graduados e inscritos y dos (2) testigos de buen crédito, si se tratare de permisos para el ejercicio de la farmacia.

02

Constitutional history

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