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Article 3

Ley 20 de 1923 · Orgánica del impuesto de papel sellado y timbre nacional

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El papel sellado .tendrá 32 centímetros de largo y 22 de ancho; levará en el sello el escudo de armas de la Nación, y su valor de Veinte centavos expresado en letras; además, será fabricado especialmente y de modo que en el cendro aparezca en marcas de agua el escudo nacional; rodeado de la Inscripción Republica de Colombia, y .contenga. Las marcas de agua y contraseñas necesarias para evitar falsificaciones.

El papel sellado será de buena calidad. Llevará de cada lado una línea longitudinal para formar del lado izquierdo una margen de 3 centímetros y del lado derecho uno de 2 centímetros.

Entre las dos líneas longitudinales tendrá líneas transversales para la escritura, distantes una de la otra 8 ½ milímetros dejando un espacio en blanco antes de la primera línea transversal, de 2 centímetros, y después de la última línea, de 19 ½ milímetros.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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