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Article 34

De La Sección De Derechos Humanos Y Asuntos Especiales

Ley 33 de 1990 · por medio de la cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones de la Sección de Derechos Humanos y Asuntos Especiales:

a)

Elaborar los informes periódicos sobre derechos humanos, en cumplimiento de los compromisos adquiridos por Colombia;

b)

Trabajar en coordinación con las entidades oficiales bajo cuya responsabilidad reposa la vigilancia de los derechos humanos, a fin de poder informar debidamente a los organismos internacionales encargados de la protección de esos derechos;

c)

Colaborar en la difusión, ante la Comunidad Internacional, de las acciones del Gobierno que garantizan el goce de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales;

d)

Colaborar con las entidades oficiales pertinentes, en la definición de la posición de Colombia en los foros internacionales sobre los derechos humanos;

e)

Atender y coordinar las políticas multilaterales en los asuntos especiales que le sean encomendados a la Subsecretaría;

f)

Coordinar con las entidades oficiales pertinentes y con otras dependencias del Ministerio, la realización de eventos internacionales de carácter multilateral auspiciados por éste y que se lleven a cabo en el territorio nacional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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