Apruébase el Tratado de extradición celebrado en la ciudad de México, entre la República de Colombia y los Estados Unidos Mexicanos, el 12 de junio de 1928, por los respectivos Plenipotenciarios, que a la letra dice: "La República de Colombia y los Estados Unidos Mexicanos, juzgando conveniente para la mejor administración de justicia y para la prevención de los delitos que puedan cometerse dentro de sus respectivos territorios y jurisdicciones, regularizar la entrega de los delincuentes, han resuelto celebrar un Tratado de extradición, a cuyo efecto han designado sus Representantes: "El Presidente de la República de Colombia al "General don Carlos Cuervo Márquez, su Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciarios en México, y "El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos a "Don Genaro Estrada, Subsecretario de Relaciones Exteriores, Encargado del Despacho. "Quienes después de haberse comunicado sus plenos poderes, y hallándolos en buena y debida forma, han convenido en los siguientes artículos:
Ley 30 de 1930 →In force
Article 1
Ley 30 de 1930 · POR LA CUAL SE APRUEBA UN TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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