En el mes de julio de cada año, toda empresa periodística radicada en la Nación, comprará estampillas de sanidad por un valor igual al de una suscripción mensual de la publicación periódica que haga, estampillas que se adherirán e irán anuladas en un certificado especial que le dará el Recaudador de este impuesto y que refrendará el Alcalde del Municipio. Sin la existencia de este certificado no se dará curso por los correos ni se permitirá vocear el periódico, sobre lo cual puede reclamar cualquier empleado o individuo particular.
Article 31
En El Mes De Julio De Cada Año, Toda Empresa Periodística Radicada En La Nación, Comprará Estampillas De Sanidad Por Un Valor Igual Al De Una Suscripción Mensual De La Publicación Periódica Que Haga, Estampillas Que Se Adherirán E Irán Anuladas En Un Certificado Especial Que Le Dará El Recaudador De Este Impuesto Y Que Refrendará El Alcalde Del Municipio
Decreto 291 de 1922 · Por el cual se reglamenta la Ley 53 de 1921, "sobre impuestos para los Lazaretos".
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.