Sesiones. El Consejo Científico Nacional (CCN) sesionará de manera ordinaria dos (2) veces al año y de manera extraordinaria cuando sea citado por el Presidente de la República.
Para sesiones donde se traten temas especiales o emergentes, se podrá invitar a investigadores radicados en Colombia o de la diáspora de investigadores colombianos o a investigadores extranjeros, con conocimiento y experiencia en dichos temas.