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Article 6

Decreto 210 de 1874 · En ejecución del artículo 3o de la lei 31 de 1874

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Text of the article

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Art. 6.º Son deberes del inspector, los siguientes: 1.° Dirijir e inspeccionar los trabajos de apertura de las trochas que mande hacer el injeniero en jefe de la comision esploradora, i hacer construir, en la dirección que indique éste, un camino de un metro de ancho,por el cual puedan transitar bestias cargadas; 2.º Mandar hacer de distancia en distancia los desmontes qué el injeniero en, jefe crea convenientes para establecer pobladores a la vera del camino, i contratar el establecimiento de ellos, mediante la concesión de auxilios pecuniarios o de otro jénero, que lijará con aprobación del Poder Ejecutivo ; 3.º Proveer a la comision esploradora de los víveres, peones, instrumentas i herramientas necesarios ; i hacer verificar oportunamente la traslación de ellos a los lugares donde se necesiten ; 4.º Prestar a la comision esploradora, cuando sea preciso, el auxilio de la fuerza armada que el Gobierno pondrá a su disposición; 5.º Custodiar bajo su responsabilidad los fondos que el Gobierno vaya depositando en su poder, i hacer con ellos los gastos que requiere el cumplimiento de las atribuciones anteriormente espresadas, llevando una cuenta detallada de todos ellos ; 6.° Comprobar la cuenta de que trata el inciso anterior: 1.º Con relaciones es que consten los objetos comprados, su número i precio; 2.° Con relaciones semanales del número de jornaleros que hayan concurrido al trabajo i de sus asignaciones diarias ; i 3.º Con relaciones en que se esprese el monto de los gastos no comprendidos en los dos casos anteriores, anexando a ellas, cuando sea posible, documentos justificativos del gastó; 7.° Remitir mensualmente a la Secretaria de Hacienda i Fomento un resúmen de dicha cuenta para publicarlo en el "Diario Oficial"; presentar la cuenta integra con sus comprobantes a la misma Secretaría, al fin de cada trimestre, para su exámen i aprobacion; i 8.º Cumplir las demás órdenes e instrucciones que lo comunique el Poder Ejecutivo.

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Constitutional history

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