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Article 110

Tiempo Adicional Para Profesionales Y Sacerdotes Escalafonados

Decreto 2338 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Tiempo adicional para profesionales y sacerdotes escalafonados. A los profesionales y sacerdotes escalafonados o que se escalafonen como Oficiales de los Servicios de la Policía Nacional se les computará para efectos de asignación de retiro y demás prestaciones sociales, el tiempo que hayan servido como empleados civiles de tiempo completo en el ramo de Defensa Nacional, a partir de la fecha de su ingreso a la Policía Nacional.

Parágrafo

Por el tiempo que se reconozca anterior a su escalafonamiento, los profesionales y sacerdotes a que se refiere este artículo pagarán a la Caja de Sueldo de Retiro de la Policía Nacional las cuotas correspondientes a este lapso, de acuerdo con los sueldos básicos devengados y en forma que el Ministerio de Defensa determine.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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