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Article 5

Áreas Que Se Presume Económicamente Explotadas

Decreto 1577 de 1974 · Por la cual se reglamenta las Leyes 200 de 1936 y 135 de 1931, con las modificaciones introducidas por las Leyes 1ª de 1968 y 4ª de 1973 en lo relativo a la extinción del derecho de dominio privado sobre inmuebles rurales

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01

Text of the article

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Articulo 5º Áreas que se presume económicamente explotadas. Se presumen económicamente explotadas, aun cuando se encuentren incultas

a)

Las porciones del predio destinadas a la protección de las aguas o los suelos o la provisión de maderas para el servicio del fundo;

b)

Las áreas del inmueble que se requieran como complemento para un mejor aprovechamiento o para el ensanche de la respectiva explotación.

Parágrafo 1

las porciones incultas que se reputan económicamente explotadas conforme al presente articulo podrán ser, conjuntamente, hasta de una extensión igual a la mitad de la zona explotada.

Parágrafo 2

corresponde al propietario probar la necesidad y extensión de la porción inculta requerida para los efectos de los literales a) y b) de este articulo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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