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Article 6

La Violación De Lo Dispuesto En Los Artículos Anteriores, Así Como La Transmisión De Un Dato O Información Electoral Falsos, Determinarán Para Las Emisoras La Aplicación De Las Sanciones Pertinentes Y El Gobierno Podrá, De Acuerdo Con Las Normas Legales Vigentes, Recobrar De Inmediato El Dominio Pleno De Las Frecuencias O Canales Que Hubiere Cedido En Explotación A Las Particulares

Decreto 538 de 1970 · Por el cual se modifican y aclaran algunas normas del Decreto 074 de enero 21 de 1970 y se dictan otras disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos políticos y preservar el orden público en la última etapa de la campaña electoral

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01

Text of the article

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°. La violación de lo dispuesto en los artículos anteriores, así como la transmisión de un dato o información electoral falsos, determinarán para las emisoras la aplicación de las sanciones pertinentes y el Gobierno podrá, de acuerdo con las normas legales vigentes, recobrar de inmediato el dominio pleno de las frecuencias o canales que hubiere cedido en explotación a las particulares.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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