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Article 142

Decreto 2400 de 1986 · por el cual se revisa, reforma y pone en funcionamiento el Estatuto de la Carrera Judicial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El pliego de cargos se entregará personalmente al investigado, en su lugar de trabajo, quien deberá firmar una copia del mismo como constancia de recibo. En caso de que el investigado se niegue a firmar, el comisionado para la entrega del pliego dejará constancia de tal hecho en la copia del mismo y hará firmar a un testigo. Si el empleado se encuentra desvinculado de la entidad o suspendido del empleo que desempeña, se solicitará su presentación ante el investigador para hacerle entrega del pliego de cargos, mediante telegrama dirigido a la dirección que aparezca registrada en su hoja de vida o a la que se conozca por cualquier medio, dejando constancia de ello en el expediente. Si transcurridos cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de envío del telegrama, el investigado no se presentare a notificarse de los cargos, se le designará de oficio un apoderado, quien deberá presentar los descargos, y con él se continuará la investigación hasta su culminación. Para efectos de la designación del apoderado de oficio el investigador recurrirá a la lista de auxiliares de la justicia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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