La Oficina de Asesores del Despacho del Procurador General tendrán las siguientes funciones: a) Asesorar al Procurador General en las Políticas que deba adelantar la Entidad, en cumplimiento de sus objetivos; b) Elaborar los estudios, proyectos e investigaciones que les asigne el Procurador General; c) Servir de Coordinadores entre el Procurador General y los demás Directivos de la Entidad, para el cumplimiento de las directrices y objetivos de su administración; d) Adelantar las acciones conducentes ante organismos nacionales e internacionales, con el fin de obtener información, recursos y experiencias que contribuyan a realizar las competencias de la Procuraduría; f) Adelantar programas de cooperación internacional tendientes a asegurar una mayor capacitación y formación del recurso humano vinculado al Ministerio Público; g) Administrar acciones relativas a la formalización de los convenios de carácter interinstitucional; h) Administrar lo concerniente a la cooperación internacional otorgada a la Procuraduría; i) Las demás que les asigne el Procurador General por resolución motivada. Vigente desde: 28/07/1995 y hasta el: 21/02/2000
Ley 201 de 1995 →Repealed
Article 21
Derogado
Ley 201 de 1995 · Por la cual se establece la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y se dictan otras disposicionesVigente Parcial
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Repealed
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.