El sueldo de retiro se pagará por mensualidades vencidas, y cuando el oficial retirado devengue otro sueldo mayor por desempeño de empleo público nacional, se suspenderá de una parte equivalente al exceso de este sueldo sobre el de retiro.
El oficial que conforme a la disposición legal que se reglamenta se encuentra en goce del sueldo de retiro, queda obligado a dar cuenta a la Comisión de Sueldos de retiro cuando entra a desempeñar empleo nacional, indicando la fecha de la posesión la calidad o nombre del empleo y la cuantía del sueldo.
El oficial que pretermitiere Esta obligación incurrirá en una multa equivalente al valor de su sueldo de retiro en dos meses, multa que ingresará a la Caja Especial.