º. Las cooperativas de habitaciones gozaran de todas las exenciones reconocidas por la ley, ya sea que construyan directamente para sus afiliados o por cuenta directa de las empresas a que éstos pertenezcan.
Article 7
Las Cooperativas De Habitaciones Gozaran De Todas Las Exenciones Reconocidas Por La Ley, Ya Sea Que Construyan Directamente Para Sus Afiliados O Por Cuenta Directa De Las Empresas A Que Éstos Pertenezcan
Decreto 4195 de 1948 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre liquidación parcial de cesantía y reconocimiento en dinero de vacaciones a trabajadores llamados a prestar servicio en las Fuerzas Armadas, y se dictan otras sobre construcción de casas para trabajadores por anticipo de auxilio de cesantía
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Constitutional history
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