JurídicoESEN

Article 51

Decreto 1725 de 1997 · por el cual se organiza internamente y se distribuyen las funciones de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

D ivisión de Cobranzas. De acuerdo con las políticas e instrucciones señaladas por el Subdirector de Cobranzas, del Director Regional, o del Administrador Especial, según el caso, o el Administrador Local, de acuerdo con la naturaleza de la Administración definida en este decreto, son funciones de la División de Cobranzas, las siguientes

a)

Coordinar, controlar y desarrollar los procesos de cobro persuasivo y coactivo de los impuestos, gravámenes, anticipos, retenciones, sanciones, multas e intereses de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

b)

Llevar a cabo las diligencias necesarias para que los deudores morosos paguen voluntariamente, sin perjuicio del cobro coactivo;

c)

Intervenir en los procesos de concordato, intervención, liquidación judicial o administrativa, quiebra, liquidación forzosa, concurso de acreedores, liquidación de sociedades y sucesiones, para garantizar y obtener el pago de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiaria;

d)

Proyectar los actos administrativos necesarios para suscribir acuerdos y demás facilidades de pago, y velar por el oportuno cumplimiento de las obligaciones derivadas de los mismos;

e)

Hacer efectivas las garantías para el cumplimiento de obligaciones legales, cuando se incumplan;

f)

Elaborar las relaciones de cartera por cobrar para efecto de que se inicien las acciones de cobro pertinentes:

g)

Mantener actualizada la información e inventario de los procesos de cobro persuasivo y coactivo en coordinación con otras áreas relacionadas;

h)

Proyectar los actos administrativos cuando sea procedente para declarar la extinción de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias;

i)

Generar y enviar los documentos que deben incluirse en la cuenta corriente para mantener actualizada la información de los contribuyentes:

j)

Las demás que le asigne el Administrador.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1725 de 1997