La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones: 1 Dictar su propio reglamento; 2 Elegir al Director del Instituto Nacional de Nutrición y fijarle la asignación correspondiente; 3 Estudiar y aprobar, a propuesta del Director, los proyectos de estructura orgánica y de estatutos del Instituto así como sus futuras modificaciones, y presentarlos al Gobierno Nacional para su aprobación por intermedio del Ministro de Salud Pública; 4 Estudiar y aprobar el reglamento interno de funcionamiento del Instituto Nacional de Nutrición a propuesta de su Director; 5 Estudiar y aprobar la creación o supresión de cargos, la fijación y modificaciones de sus funciones y las asignaciones correspondientes; 6 Nombrar los funcionarios cuya designación se haya determinado en los estatutos, y aprobar los nombramientos hechos por el Director y que necesiten de esta aproción; 7 Estudiar y aprobar los planes de trabajo que sean presentados a su consideración por el Director del Instituto; 8 Estudiar y aprobar, a propuesta del Director, el presupuesto anual del Instituto y las modificaciones a que hubiere lugar; 9 Fijar la cuantía hasta la cual puede el Director comprometer al Instituto sin autorización previa de la Junta Directiva; 10 Recomendar al Gobierno Nacional los contratos y convenios que en asuntos relacionados con los fines del Instituto Nacional de Nutrición, deban celebrarse con organismos nacionales, bilaterales e internacionales; 11 Estudiar y aprobar la creación y supresión de Seccionales del Instituto Nacional de Nutrición, sus normas de funcionamiento y la ampliación de servicios en las ya existentes, a solicitud del Director del Instituto: 12 Estudiar, dentro del mes siguiente al de su presentación, el Informe Anual de labores rendido por el Director del Instituto;
Article 14
La Junta Directiva Tendrá Las Siguientes Funciones: 1 Dictar Su Propio Reglamento; 2 Elegir Al Director Del Instituto Nacional De Nutrición Y Fijarle La Asignación Correspondiente; 3 Estudiar Y Aprobar, A Propuesta Del Director, Los Proyectos De Estructura Orgánica Y De Estatutos Del Instituto Así Como Sus Futuras Modificaciones, Y Presentarlos Al Gobierno Nacional Para Su Aprobación Por Intermedio Del Ministro De Salud Pública; 4 Estudiar Y Aprobar El Reglamento Interno De Funcionamiento Del Instituto Nacional De Nutrición A Propuesta De Su Director; 5 Estudiar Y Aprobar La Creación O Supresión De Cargos, La Fijación Y Modificaciones De Sus Funciones Y Las Asignaciones Correspondientes; 6 Nombrar Los Funcionarios Cuya Designación Se Haya Determinado En Los Estatutos, Y Aprobar Los Nombramientos Hechos Por El Director Y Que Necesiten De Esta Aproción; 7 Estudiar Y Aprobar Los Planes De Trabajo Que Sean Presentados A Su Consideración Por El Director Del Instituto; 8 Estudiar Y Aprobar, A Propuesta Del Director, El Presupuesto Anual Del Instituto Y Las Modificaciones A Que Hubiere Lugar; 9 Fijar La Cuantía Hasta La Cual Puede El Director Comprometer Al Instituto Sin Autorización Previa De La Junta Directiva; 10 Recomendar Al Gobierno Nacional Los Contratos Y Convenios Que En Asuntos Relacionados Con Los Fines Del Instituto Nacional De Nutrición, Deban Celebrarse Con Organismos Nacionales, Bilaterales E Internacionales; 11 Estudiar Y Aprobar La Creación Y Supresión De Seccionales Del Instituto Nacional De Nutrición, Sus Normas De Funcionamiento Y La Ampliación De Servicios En Las Ya Existentes, A Solicitud Del Director Del Instituto: 12 Estudiar, Dentro Del Mes Siguiente Al De Su Presentación, El Informe Anual De Labores Rendido Por El Director Del Instituto;
Decreto 2122 de 1964 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Nutrición
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.