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Article 2.2.8.18.4.7

Inadmisión Y Rechazo De Las Querellas

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Inadmisión y rechazo de las querellas.Cuando se presente una querella, la autoridad respectiva verificará en su contenido la existencia de una perturbación o de un despojo, así como la competencia territorial y funcional, de igual manera verificará el cumplimiento siquiera sumariamente de alguno de los requisitos contenidos en el artículo 79 de la Ley 1801 de 2016. Realizada la verificación y de cumplirse con los requerimientos mencionados se procederá con lo establecido en el artículo 223 de la mencionada ley. En caso contrario, se señalarán las falencias que adolezca mediante auto de policía que se comunicará tal como lo dispone el presente decreto en el artículo 2.2.8.18.2.18. y se inadmitirá a efectos de que sea subsanada por una sola vez dentro de los dos días siguientes so pena de rechazo. Parágrafo. Los requisitos antes mencionados no operarán en el caso de las quejas de policía.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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