º. De los pasajes de cumplimiento que se expidan se enviará una relación al Ministerio de Obras Públicas, mensualmente. Para los pasajes obligados y para los pasajes parciales, es indispensable la expedición del respectivo tiquete. Mensualmente se enviará al Ministerio de Obras Públicas copia de todos los tiquetes de favor que se hayan expedido. Este envío debe hacerse en legado ordenado por numeración y por estaciones. Cada pasaje debe ir firmado tanto por el empleado que lo expide como por la persona que lo recibe. Asimismo, a cada pasaje se le adjuntará la orden, certificado o pasaporte, que justifique suficientemente el motivo de su expedición.
Decreto 25 de 1924 →In force
Article 9
De Los Pasajes De Cumplimiento Que Se Expidan Se Enviará Una Relación Al Ministerio De Obras Públicas, Mensualmente
Decreto 25 de 1924 · Por el cual se reglamenta el artículo 3o de la Ley 10 de 1921
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.