°. La prima de servicios de que trata el presente decreto es incompatible con cualquier otra bonificación, prima o elemento salarial que perciban los empleados públicos de que trata el artículo 1° del presente decreto, por el mismo concepto o que remuneren lo mismo, independientemente de su denominación, origen o su fuente de financiación.
Article 3
La Prima De Servicios De Que Trata El Presente Decreto Es Incompatible Con Cualquier Otra Bonificación, Prima O Elemento Salarial Que Perciban Los Empleados Públicos De Que Trata El Artículo 1° Del Presente Decreto, Por El Mismo Concepto O Que Remuneren Lo Mismo, Independientemente De Su Denominación, Origen O Su Fuente De Financiación
Decreto 1467 de 2014 · por el cual se regula el pago de la prima de servicios para los empleados públicos de la Gobernación del Departamento de Santander, de las entidades adscritas y vinculadas a la Gobernación y de la Contraloría Departamental de Santander y se dictan disposiciones para su reconocimiento.
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