º el artículo 14 del Decreto 2160 de 1986 quedará así: CONSOLIDACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS. Cuando exista vinculación económica entre varios entes contables jurídicamente independientes, que implique el control de estos por uno de ellos, deben prepararse estados que integren los balances generales, los resultados de las operaciones y los cambios en la situación financiera. Son consolidados los estados financieros que presenten los activos, pasivos, cuentas de los accionistas, ingresos y gastos y cambios en la situación financiera de una compañías matriz y sus subordinadas como si fuesen los de una sola empresa.
Decreto 2553 de 1987 →In force
Article 2
º El Artículo 14 Del Decreto 2160 De 1986 Quedará Así: Consolidacion De Los Estados Financieros
Decreto 2553 de 1987 · por el cual se modifica el Decreto 2160 de 1986 y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.