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Article 93

Decreto 2160 de 1986 · por el cual se reglamenta la contabilidad mercantil y se expiden las normas de contabilidad generalmente aceptadas.

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01

Text of the article

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REGISTROS EN LAS CUENTAS DE ORDEN. En el registro de las cuentas de orden se deben observar las siguientes normas

a)

Clasificación en el balance general: a.1. Bajo cuentas de orden "por derechos contingentes", los compromisos o contratos de los cuales se pueden derivar derechos, y a.2. Bajo cuentas de orden "por responsabilidades contingentes", los compromisos o contratos que se relacionan con posibles obligaciones. Su presentación se hará en el balance, después del total de activos o pasivo y patrimonio, según su naturaleza lo exija.

b)

Registro en cuentas específicas: los diferentes conceptos deben agruparse en cuentas específicas según la naturaleza del evento o transacción y utilizar como contrapartida la cuenta de orden por contra.

c)

Valor: deben registrarse por el monto eventual del derecho o compromiso financiero.

d)

Revelación: su composición, valor y fechas de vencimiento se deben revelar en forma apropiada.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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