Prohibiciones a la ciudadanía . 1. Se prohíbe arrojar basura en vías, parque y áreas de esparcimiento colectivo. 3. Se prohíbe el lavado y limpieza de cualquier objeto en vías áreas públicas, cuando con tal actividad se originen problemas de acumulación o esparcimiento de basura. 4. Se prohíbe el almacenamiento de materiales o residuos de obras de construcción o demolición en vías y áreas públicas. En operaciones de cargue, descargue y transporte, se deberá mantener protección para evitar el esparcimiento de los mismos. 5. Se prohíbe a toda persona ajena al servicio de aseo o a programas de reciclaje aprobados, destapar, remover o extraer el contenido total o parcial de los recipientes para basura, una vez colocados en el sitio de recolección. 6. Se prohíbe la quema de basura. 7. Se prohíbe la disposición o abandono de basuras, cualquiera sea su procedencia, a cielo abierto, en vías o áreas públicas, en lotes de terreno y en los cuerpos de agua superficiales o subterráneos. 8. Se prohíbe la colocación de animales muertos, partes de éstos y basura de carácter especial, residuos peligrosos e infecciosos en cajas de almacenamiento para el servicio ordinario.
Decreto 605 de 1996 →In force
Article 104
Prohibiciones A La Ciudadanía
Decreto 605 de 1996 · por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994 en relación con la prestación del servicio público domiciliario de aseo.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.