° La Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales queda autorizada para ampliar, por justa causa, el plazo señalado a los empleados públicos para presentar ante los respectivos Pagadores la constancia de haber formulado y entregado la declaración de renta y patrimonio a que se refiere el artículo 3° de este Decreto, hasta por noventa días más del término establecido en dicha disposición.
Tal ampliación de plazo será tenida en cuenta por los Pagadores para los fines consiguientes, cuando reciban la comunicación respectiva de la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales.