JurídicoESEN

Article 38

Reparto De Competencias

Ley 1617 de 2013 · por la cual se expide el Régimen para los Distritos Especiales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El concejo distrital, a iniciativa del alcalde distrital, hará la distribución de competencias y funciones administrativas entre las autoridades distritales y locales, teniendo en cuenta los principios de concurrencia, subsidiariedad y complementariedad, y los siguientes criterios generales:

1.

La asignación de competencias a las autoridades locales buscará un mayor grado de eficiencia en la prestación de los servicios.

2.

El ejercicio de funciones por parte de las autoridades locales deberá implementar las metas y disposiciones del Plan General de Desarrollo.

3.

En la asignación y delegación de atribuciones deberá evitarse la duplicación de funciones y organizaciones administrativas.

4.

No podrán fijarse responsabilidades sin previa asignación de los recursos necesarios para su atención.

Alcaldes Locales

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 1617 de 2013