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Article 41

Comité De Evaluación De Oficiales Subalternos

Decreto 400 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1212 de 1990, Estatuto del Personal de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Comité de Evaluación de Oficiales subalternos. El Comité de Evaluación de Oficiales subalternos que establece el artículo 47 del Decreto 1212 de 1990, tendrá las siguientes funciones

a)

Revisar la trayectoria del personal de Oficiales Subalternos y evaluar sus condiciones personales, morales, profesionales e intelectuales;

b)

Proponer los retiros por incapacidad profesional;

c)

Emitir el concepto final sobre continuidad en período de prueba;

d)

Recomendar las fechas de ascenso con base en la antigüedad y listas de clasificación;

e)

Reunirse ordinariamente cuando sea convocado por su Presidente o cuando las necesidades del servicio lo exijan;

f)

Conocer en segunda instancia la decisión que profiera el Comité de Evaluación de Suboficiales sobre trayectoria profesional, de conformidad con el reglamento de calificación y clasificación de la Policía Nacional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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