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Article 3

Ley 27 de 1961 · por la cual se decretan unos auxilios con destino a obras culturales de turismo en las ciudades de Ibagué y Neiva.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00) restantes, .será entregada a la Junta de Turismo de Ibagué, con destino a financiar la realización de los próximos festivales folclóricos nacionales.

Parágrafo 1

El Gobierno Nacional, en los Presupuestos de cada vigencia fiscal, partiendo del año de 1961, incluirá la partida asignada en esta Ley, y por intermedio de la Contraloría General de la República determinará la forma como deberán ser manejados dichos fondos por la Junta de Turismo de Ibagué y la manera de ejercer su fiscalización.

Parágrafo 2

Los presupuestos de inversión de las partidas a que se refieren los artículos 2° y 3° de la presente Ley, deberán ser consultados previamente al Ministerio de Educación Nacional y a la Empresa Colombiana de Turismo, y aprobados por esas dos entidades.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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