Los empleados de Telégrafos de la República obedecerán las órdenes que imparta la Central de Telégrafos sobre localización de daños y empalme de líneas, oficinas que transitoriamente deban servir de reptidoras, en caso de dificultad en las comunicaciones o de recargo de trabajo, despedida de corresponsales en las horas de la noche, salida de Guardas y demás disposiciones sobre servicio.
Article 24
Los Empleados De Telégrafos De La República Obedecerán Las Órdenes Que Imparta La Central De Telégrafos Sobre Localización De Daños Y Empalme De Líneas, Oficinas Que Transitoriamente Deban Servir De Reptidoras, En Caso De Dificultad En Las Comunicaciones O De Recargo De Trabajo, Despedida De Corresponsales En Las Horas De La Noche, Salida De Guardas Y Demás Disposiciones Sobre Servicio
Decreto 286 de 1939 · Por el cual se reglamentan las funciones de los Inspectores de Zonas Telegráficas y se dictan otras disposiciones
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