° Los contribuyentes beneficiarios de salarios a quienes deba hacerse retención informarán a sus respectivos patronos por escrito, en original y dos copias, en el mes de enero de cada año, el número de personas a cargo y si dividen rentas exclusivas de trabajo con el cónyuge. Copia de este documento se acompañará a la declaración de renta y patrimonio del año gravable al cual corresponde la información. Los contribuyentes que comiencen a trabajar durante el curso del año suministrarán estas informaciones dentro de los ocho (8) días siguientes a la iniciación de las labores. Para facilitar el cumplimiento de esta obligación los patronos requerirán a sus trabajadores verbalmente o mediante avisos escritos. Cuando a pesar del requerimiento no se suministren las informaciones dentro de los plazos señalados, los patronos efectuarán la retención durante todo el año conforme a los últimos datos suministrados en años anteriores. Si éstos no existieren se presumirá que el contribuyente no tiene personas a cargo ni divide rentas exclusivas de trabajo. Las oficinas de impuestos nacionales podrán indicar a los patronos, la tasa de retención aplicable a aquellos contribuyentes que suministren informaciones fraudulentas sobre el número de personas a cargo o división de rentas exclusivas de trabajo con el fin de disminuir la cuantía de la retención.
Article 6
Los Contribuyentes Beneficiarios De Salarios A Quienes Deba Hacerse Retención Informarán A Sus Respectivos Patronos Por Escrito, En Original Y Dos Copias, En El Mes De Enero De Cada Año, El Número De Personas A Cargo Y Si Dividen Rentas Exclusivas De Trabajo Con El Cónyuge
Decreto 1400 de 1973 · Por el cual se reglamenta la Ley 38 de 1968 y se establece la tabla para la retención en la fuente sobre salarios y dividendos por el período comprendido entre el 1º de agosto y el 31 de diciembre de 1973 y años gravables posteriores
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.