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Article 20

Los Servidores Públicos De Que Trata Este Decreto Tendrán Derecho A Un Auxilio De Transporte, En Los Mismos Términos Y Cuantías, Que Establezca El Gobierno Para Los Trabajadores Particulares Y Empleados Y Trabajadores Del Estado, Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior

Decreto 67 de 1998 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Los servidores públicos de que trata este decreto tendrán derecho a un auxilio de transporte, en los mismos términos y cuantías, que establezca el Gobierno para los trabajadores particulares y empleados y trabajadores del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior.

Parágrafo

No tendrán derecho al auxilio de que tratan los artículos 19 y 20 del presente decreto, los servidores públicos que se encuentren en disfrute de vacaciones, en uso de licencia, suspendidos en el ejercicio del cargo o cuando la entidad suministre ese servicio.

02

Constitutional history

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