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Article 1

Convenios

Decreto 978 de 1990 · por el cual se reglamenta el artículo 6° de la Ley 57 de 1989.

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01

Text of the article

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° Convenios. El Banco Central Hipotecario y la Financiera de Desarrollo Territorial S. A., suscribirán convenios para desarrollar la cesión de los activos y pasivos que debe transferir el primero a la segunda como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 57 de 1989, acordar los procedimientos de dicha transferencia y garantizar la continuidad de las operaciones de financiación durante el período de transición correspondiente. Para la ejecución de estos convenios se requerirá la aceptación de los respectivos prestamistas, si fuere el caso. Los convenios se referirán, por lo menos, a las materias dispuestas en los artículos 2° a 7° de este Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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