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Article 2

º

Decreto 2025 de 2000 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 17 de la Ley 608 de 2000.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Operaciones interbancarias. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, cuando se trate de operaciones de clientes de las instituciones vigiladas por la Superintendencia Bancaria, así como de los pagos que el Banco de la República y las entidades vigiladas por las Superintendencias Bancaria o de Valores hagan para cubrir gastos de funcionamiento o para las inversiones que las mismas realicen diferentes a valores, a través de cuentas de depósito, de sistemas de compensación del Banco de la República o de depósitos centralizados de valores, se generará el impuesto a las transacciones financieras y la respectiva entidad será el agente retenedor del mismo, por cuenta propia o de su cliente, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 608 de 2000.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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