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Article 1

El Artículo 3º Del Decreto 2405 De 1999 Quedará Así: " Artículo 3º

Decreto 348 de 2000 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 2405 de 1999.

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01

Text of the article

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º. El artículo 3º del Decreto 2405 de 1999 quedará así: " Artículo 3º. Beneficiarios . La población objeto de intervención en el desarrollo de los programas contemplados en el literal b) del artículo 99 de la Ley 508 de 1999, corresponde a los niños pertenecientes a los niveles 1, 2 y 3 del Sisben, incluyendo los niños con discapacidad pertenecientes a los mismos niveles y a aquellos en situación de exclusión social, alto riesgo o indigencia. Para el programa de Atención Integral, se comprenderá a todos los niños mencionados en el inciso anterior menores de seis (6) años y, para el programa de Jornada Escolar Complementaria, a aquellos que tengan entre siete (7) y quince (15) años o que, independientemente de su edad, estén matriculados en un grado de la educación básica".

02

Constitutional history

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