Articulo 23. El comité de política cafetera estará compuesto por el Ministro de hacienda, el gerente de la federación nacional de cafeteros y El director del instituto, y formulara recomendaciones al comité nacional De cafeteros y al consejo directivo de comercio exterior, con el fin de Coordinar la política de exportaciones cafeteras del país con la política General de comercio exterior. Junta de importaciones
Article 23
El Comité De Política Cafetera Estará Compuesto Por El Ministro De Hacienda, El Gerente De La Federación Nacional De Cafeteros Y El Director Del Instituto, Y Formulara Recomendaciones Al Comité Nacional De Cafeteros Y Al Consejo Directivo De Comercio Exterior, Con El Fin De Coordinar La Política De Exportaciones Cafeteras Del País Con La Política General De Comercio Exterior
Decreto 539 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Colombiano de Comercio Exterior (INCOMEX)
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