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Article 1.6.1.12.6

Exclusión Del Impuesto Sobre Las Ventas Del Literal E) Del Artículo 428 Del Estatuto Tributario

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

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Text of the article

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Exclusión del impuesto sobre las ventas del literal e) del artículo 428 del Estatuto Tributario. El registro o licencia de importación, deberá estar vigente al momento de obtener el levante de las mercancías; y la certificación expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, identificará plenamente la mercancía importada por el sistema de licencia global y las mercancías objeto de embarque parcial. La descripción contenida en la declaración de importación deberá contener como mínimo la señalada en la certificación.

La información a que se refiere el artículo 1.6.1.12.8 del presente decreto y la señalada en el inciso anterior, deberá ser aportada en la inspección aduanera, si hubiere lugar a ella, para obtener la autorización del levante de las mercancías, incluso tratándose de aquellas que a la entrada en vigencia de este Decreto se encuentre en proceso de importación y aún no hayan obtenido tal autorización.

(Artículo 5°, Decreto 1803 de 1994)

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Constitutional history

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