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Article 16

Las Funciones De La Junta Son De Tres Clases: Clase A: Requieren Para Su Validez La Aprobación Del Gobierno

Decreto 1168 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones

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Las funciones de la Junta son de tres clases: Clase A: Requieren para su validez la aprobación del Gobierno. Clase B: Requieren para su validez el voto favorable del Ministro. Clase C: Las funciones que ejerce la Junta sin ninguna formalidad especial. Pertenecen a la clase A

a)

Adoptar los estatutos de la entidad de cualquier reforma que a ellos se introduzcan.

b)

Adoptar el estatuto de personal.

c)

Disponer la contratación de empréstitos internos y externos con destino a la Caja y aprobar los contratos respectivos, cuando así se exijan según normas vigentes. Pertenecen a la clase B:

d)

Aprobar los contratos cuya cuantía exceda de $ 500.000. Pertenecen a la clase C:

e)

Formular la política general del organismo y los planes y programas que, conforme a las reglas que prescriban el Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General de Presupuesto, deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales, y a través de éstos a los planes generales de desarrollo.

f)

Aprobar el presupuesto anual de la Caja.

g)

Controlar el funcionamiento general de la Caja y verificar su conformidad con la política adoptada.

h)

Crear las unidades seccionales que sean indispensables para la prestación de servicios a los afiliados.

i)

Determinar el personal al servicio de la Caja, crear los cargos o previstos e estos estatutos, hacer los nombramientos y remociones de Secretario General, Jefes de División, de candidatos presentados por el Gerente.

j)

Conocer en grado de apelación, de los recursos que se surtan en la forma legal y estatutaria contra las resoluciones dictadas por el gerente en materia de prestaciones sociales.

k)

Examinar, para probar o improbar los informes mensuales o anuales que el Gerente someta a su consideración, lo mismo que los balances respectivos.

l)

Autorizar y aprobar los contratos que proponga el Gerente cuando su valor exceda de cien mil pesos ($ 100.000).

m)

Expedir reglamentos generales sobre otorgamiento de las prestaciones y reglamentos especiales sobre el funcionamiento de las Divisiones Administrativas de la Caja.

n)

Señalar las funciones o actos que el Gerente puede delegar en otros servidores de la Caja. ñ) Determinar la organización de la Caja. Para tal efecto podrá crear, suprimir o modificar sus dependencias y señalar sus funciones.

o)

Designar el reemplazo del Gerente en sus faltas temporales o accidentales.

p)

Designar el funcionario que haga las veces de Jefe de Personal.

q)

Fijar las asignaciones de los cargos de la Caja.

02

Constitutional history

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