º. Una vez obtenido el certificado de que trata el artículo anterior, el interesado solicitará del Ministerio de Justicia la expedición de la licencia respectiva, para lo cual presentará con sus solicitud los siguientes documentos
El certificado de idoneidad a que se refiere el artículo 1o.;
La partida de nacimiento o de bautismo u otra prueba supletoria con al cual se acredite la mayor edad el peticionario, y
El certificado de policía y tres declaraciones de testigos, recibidas con audiencia del Personero Municipal del domicilio del solicitante, sobre su conducta y antecedentes.