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Article 48

El Personal Para El Curso De Preparación De Tenientes Se Escogerá, En Todo Caso, Del Personal De Subtenientes Que Hubieren Obtenido En La Calificación Del Respectivo Curso Un Promedio Mayor De 4

Decreto 945 de 1940 · Orgánico de la Escuela de Policía General Santander

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El personal para el curso de preparación de tenientes se escogerá, en todo caso, del personal de subtenientes que hubieren obtenido en la calificación del respectivo curso un promedio mayor de 4. Solo en caso de que el número de estos no alcance para llenar las vacantes, se podrán escoger subtenientes que no hayan hecho el curso de preparación correspondiente. La selección de los primeros, se hará siguiendo el orden descendente de calificaciones; la de los segundos, mediante los exámenes de que trata el artículo 14 de este Reglamento, y para ambos, se tendrán en cuenta las respectivas hojas de servicio. 7°. Regla general .

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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