Cuando se violen las normas legales o estatutarias, mediante resolución motivada, el Ministerio de Gobierno podrá imponer las siguientes sanciones a las corporaciones de Acción Cemunal
Suspensión hasta por noventa días o cancelación de la personería jurídica;
Congelación de fondos;
Suspensión temperal o cancelación de las inscripciones de los dignatarios;
Suspensión o desafiliación de los miembros. CAPITULO X Disposiciones varias .