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Article 13

Observatorio Del Derecho A La Alimentación Y Nutrición

Decreto 684 de 2024 · por el cual se reglamenta el Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación (SNGPDA), el Programa Hambre Cero, el Sistema Nacional de Seguimiento y Monitoreo para la Superación del Hambre y la Malnutrición (SNSMSHM) y el Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición ODAN y se transforma la Comisión intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN).

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Observatorio del derecho a la alimentación y nutrición . Créase el Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición como una instancia de gestión de información y conocimiento que tiene como propósito proveer, recopilar, centralizar, analizar y difundir información que propicie la comprensión de la situación del derecho humano a la alimentación, el aprendizaje sobre las acciones implementadas y facilite la toma de decisiones informadas y pertinentes bajo la coordinación del Ministerio de Igualdad y Equidad.

Parágrafo

En el término de tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, se expedirá mediante resolución del Ministerio de Igualdad y Equidad, el manual operativo del Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición ODAN y en él se definirán las funciones del Comité Técnico del Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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