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Article 16

Decreto 1598 de 1995 · por el cual se establece el estatuto para la determinación de la condición de refugiado, de deroga el Decreto 2817 de 1984 y se dictan normas sobre la Comisión Asesora y otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Decidida negativamente la solicitud, se concederá un plazo hasta por treinta (30) días a partir de la notificación de la resolución respectiva, para que el peticionario abandone el país, a menos que legalice su permanencia en el país conforme al régimen migratorio. De esta resolución se enviará copia al Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, y demás entidades competentes cuando fuere necesario, con el fin de que se proceda a adelantar los trámites para el abandono del país. En ningdn caso se podrá devolver al peticionario al país en el cual corre peligro su vida. Si el peticionario interpone recurso de reposición, los treinta (30) días previstos se contarán a partir de la fecha en que se notifique el acto mediante el cual se confirma la parte resolutiva de la decisión.

Parágrafo

Durante el término previsto en el presente artículo para abandonar el país, el Ministerio de Relaciones Exteriores podrá solicitar colaboración a Acnur para que gestione la admisión legal del peticionario en otro país, donde su vida e integridad no peligren.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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