Requisitos mínimos para ascenso de Suboficiales. Los Suboficiales de las Fuerzas Militares pueden ascender en la jerarquía al grado inmediatamente superior, cuando cumplan los siguientes requisitos mínimos: a). Conducta satisfactoria durante el tiempo de servicio en el grado, la cual se definirá por su clasificación para ascenso, de acuerdo con el reglamento respectivo. b). Capacidad profesional, acreditada con las calificaciones anuales reglamentarias y las relativas a los cursos o exámenes correspondientes. c). Tener el tiempo mínimo de servicio efectivo establecido para cada grado.
Decreto 2337 de 1971 →In force
Article 50
Requisitos Mínimos Para Ascenso De Suboficiales
Decreto 2337 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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