Ejercicio de competencias. El ejercicio de las actividades de monitoreo, seguimiento y control por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se ejercerá sin perjuicio de las competencias asignadas a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en relación con las empresas de servicios públicos y demás prestadores, así como en materia del proceso certificación a que se refiere la Ley 1176 de 2007. Para este efecto los responsables de las actividades de monitoreo, seguimiento y control así como la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios coordinarán dentro del marco de sus competencias la ejecución de las actividades a su cargo. Las actividades de monitoreo, seguimiento y control se ejercerán sobre las entidades territoriales, así como sobre los mecanismos o instrumentos financieros encargados de ejecutar y/o administrar a cualquier título jurídico los recursos del Sistema General de Participaciones destinados al sector de agua potable y saneamiento básico.
Decreto 1040 de 2012 →In force
Article 48
Ejercicio De Competencias
Decreto 1040 de 2012 · por el cual se reglamenta la Ley 1176 de 2007 en lo que respecta a la participación para Agua Potable y Saneamiento Básico del Sistema General de Participaciones, y la Ley 1450 de 2011 en lo atinente a las actividades de monitoreo, seguimiento y control integral de estos recursos
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.